Derecho Comercial Costarricense

 

Ana Lucía Espinoza Blanco

Especialista en Derecho Comercial 

Ana Lucía Espinoza Blanco
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 La Sociedad de Responsabilidad Limitada.

 

En su Resolución No. 97-2001, el Tribunal Segundo Civil, Sección Segunda estableció que el embargo de las cuotas de una sociedad de responsabilidad limitada se ha de tener por practicado hasta que el mismo esté inscrito en el libro de actas o registro de socios de la sociedad, o bien tenga fecha cierta, a lo cual no es necesario el secuestro de los libros correspondientes. Esta resolución se publica en esta página el 16 de octubre de 2008.

En su Resolución No. 102-2001, el Tribunal Segundo Civil, Sección Segunda analiza el tema de la transmisibilidad de la condición de socio y específicamente de cuotas, diferenciando si el traspaso es a un tercero no socio o a otro cuotista y delineando el procedimiento a seguir cuando el traspaso se intente hacer a favor de un tercero no socio. Esta resolución se publica en esta página el 19 de octubre de 2008.

En su Resolución No. 335-1996, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia consideró que no había acción punible del personero y único socio de una SRL cuyo plazo venció, si en lugar de nombrar un liquidador traspasó el establecimiento comercial propiedad de dicha sociedad a otra sociedad que asumió como propios los deberes y derechos de la sociedad disuelta. Esta resolución se publica en esta página el 10 de noviembre de 2008.

     

     

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